Sportivo 2 de Mayo debe reclamar los 3 puntos en disputa
Fecha: 2024-01-30 09:40:32
FÚTBOL DE PRIMERA DIVISIÓN: A los lamentables y criminales hechos ocurridos en el estadio “Ueno Defensores del Chaco”, protagonizados por bandas de delincuentes de la mal llamada “Barra Brava” de Cerro Pòrteño, que no son los verdaderos hinchas, lo cual motivó la suspensión a los 10 minutos del segundo tiempo del partido que estaban disputando el local Cerro Porteño y Sportivo 2 de Mayo, con el marcador en blanco, corresponde que la dirigencia del Sportivo 2 de Mayo, a través de su Asesoría Jurídica, reclame los 3 puntos en disputa.

Al respecto, el Código Disciplinario de la Asociación Paraguaya de Fútbol, en su Artículo  11 – Sanciones a Personas Jurídicas – Sección 3,  en su INCISO H, le da l al Tribunal Disciplinario, la potestad de, “deducción de puntos y pérdida de puntos”, al equipo que incurra en irregularidades, en este caso, la identificada como “hinchada” de Cerro Porteño.

 ARTÍCULO 11. SANCIONES A PERSONAS JURÍDICAS

Las siguientes sanciones son aplicables solamente a las personas jurídicas:

a) Prohibición de efectuar transferencias.

 b) Jugar a puerta cerrada.

c) Jugar en terreno neutral.

d) Prohibición de jugar en un estadio determinado.

e) Anulación del resultado de un partido.

f) Exclusión de una competición.

g) Derrota por retirada o renuncia.

 H) DEDUCCIÓN DE PUNTOS Y PÉRDIDA DE PUNTOS

i) Exclusión para jugar partidos internacionales.  

j) Descenso a una categoría inferior.

Por otra parte, el Artículo 73. RESPONSABILIDAD POR LA CONDUCTA IMPROPIA DE LOS ESPECTADORES, Inc. 6, textualmente dice: “Será CAUSAL DE LA PENA DE PÉRDIDA DE PUNTOS,  sin perjuicio de otras sanciones, la imposibilidad de hecho de la persecución de un partido, producida por el público adepto a uno de los cuadros”, en este caso, Cerro Porteño.

En este caso, a diferencia de lo que había ocurrido años atrás en el Río Parapatí con las “barras” olimpistas, antes del partido que debían disputar Sol de América y Olimpia, que se suspendió sin que se juegue y se jugó luego en campo neutral, sin sanción alguna, el partido entre Cerro Porteño y Sportivo 2 de Mayo se jugó más del 60% de tiempo normal de juego, y de ninguna manera, sería justo que para jugar 35 minutos a puertas cerradas o en otro escenario de la capital, la delegación del 2 de Mayo tenga que realizar un lago viaje de 1.000 kilómetros ida y vuelta.

Lo lamentable sería, que como se trata de uno de los dos clubes más populares, la APF le busque la vuelta para que cualquier sanción disciplinaria que se adopte, no perjudique los intereses del club Cerro Porteño, en detrimento del Sportivo 2 de Mayo y del mismo fútbol.

Foto: Abc Digital

Radio Imperio 106.7 FM

 



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