Pedro Juan Caballero - Sunday, 19 de May de 2024 |
La Minuta presentada obedece a la imperiosa necesidad de hacer dar cumplimiento al Artículo 1º, inciso F, de la Ordenanza Municipal Nº 12/2007, que “prohíbe terminantemente el abandono de vehículos (chatarras) de cualquier tipo en las veredas, calles, avenidas y demás lugares de acceso público”, y le otorga plenos derechos a la Municipalidad proceder al retiro, a costa de los propietarios o responsables.
Al respecto de los vehículos chatarras en las calles y las veredas frente a las comisarías, esto se debe a que el Ministerio Público, al haber una incautación de vehículo, por la razón que fuere, en vez de remitir al corralón o bóveda de dicho Ministerio, terminan utilizando las calles y veredas de las comisarías como depósito, incomodando a vecinos y transeúntes, además de colaborar con el feo aspecto de la ciudad y con la proliferación e todo tipo de insectos y alimañas.
Radio Imperio 106.7 FM