Orden de Traslado de paciente fue adulterada
Fecha: 2024-03-09 12:52:51
PEDRO JUAN CABALLERO: Sin tener en cuenta la Orden de Traslado de un paciente emanada del Centro de Salud de Yby Yaú, firmada por el Dr. Pablo Ovelar, visiblemente adulterada, tanto el destino como el médico que debía recibir al enfermo, atendiendo a una denuncia formulada por el juez Penal de Garantía, Álvaro Justo Rojas Almirón y su esposa, defensora pública, Simona Concepción Castillo, la agente fiscal, Katya Uemura Montenegro, imputó a la Dra. Dina Guerreros, por el supuesto hecho punible de “Omisión de Auxilio”.

La pareja, ambos funcionarios públicos, habían denunciado  que en la madrugada del 1 de marzo pasado, llegó hasta el Hospital Regional una ambulancia proveniente del Centro de Salud de Yby Yaú, departamento de Concepción, trayendo a un paciente, un hombre de 30 años, oriundo de la colonia Sapucai, distrito de Yby Yaú, quien debía ser sometido a una cirugía luego de haber sufrido fractura en la mano y una de las piernas en un accidente de motocicleta.

Según la pareja denunciante, la ahora imputada, Dra. Dina Guerreros, se negó a prestarle al paciente los primeros auxilios, lo cual es totalmente falso, ya que la negativa fue no practicarle una cirugía a raíz de que el superior de la misma, le manifestó que el paciente debía ser trasladado al Hospital Regional de Concepción.

Orden de Traslado adulterada

A simple vista se puede notar, que la Orden de Traslado del paciente, donde señala el destino, fue borrado con corrector y reemplazado por las siglas “H.R    PJC”. Igualmente, al final, donde señala al Dr. Pablo Ovelar como médico remitente, el nombre del “médico que recibe”, está igualmente borrado con corrector, aunque en esta adulteración no se colocó ningún nombre. Siempre que se traslada a un paciente de un hospital a otro, el medico que envía, se comunica para saber quién es el médico que va a recibir, en este caso, como el destino no era en realidad el Hospital Regional de Pedro Juan Caballero, ignoraban por completo el nombre del médico que debía recibir al nfermo.

De igual manera, el supuesto hecho punible de Omisión de Auxilio, tampoco existió, ya que en la Orden de Traslado está bien especificado el diagnóstico del paciente, las atenciones y medicaciones que recibió antes de su traslado que, de seguro, debía ser el Hospital Regional de Concepción y no el de Pedro Juan Caballero como se quiso hacer creer.



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